Gastos no amparados por la póliza:

* Control de TV * Llamadas telefónicas
* Pantuflas * Pañales de adulto o bebé
* Jabón de Tocador * Cepillo y pasta dental
* Peines, cepillos * Restrillo Razurar
* Gorro de baño * Servicio de librerí­a
* Shampoo * Enjuague para el cabello
* Protectores para yeso * Aceite corporal
* Paquete de Algodón * Renta de Caja Fuerte
* Pañuelos desechables * Toallas sanitarias
* Brazalete Hospitalario * Loción corporal
* Alimentos para el acompañante * Fajas Post Parto
* Sábanas térmicas * Restaurante
* Gastos ocasionados por el acompañante * Renta de pelí­culas
* Estacionamiento * Florerí­a

Es de vital importancia que tengan esta información en cuenta y a la mano ya que al momento de darlos de alta en el hospital pueden surgir dudas respecto al por qué la compañí­a no autorizó determinados gastos de su cuenta. Los invitamos a leer detenidamente las condiciones generales de su póliza de seguro ya que el detalle de los artí­culos no autorizados varí­a de compañí­a en compañí­a de seguros.