Son planes que resguardan la integridad de la persona para el caso de que sufra algún accidente en su hogar o trabajo. La prima a pagar va en función de la actividad laboral del asegurado y la protección es continua durante las 24 horas los 365 dí­as del año.

Los seguros contra Accidentes pueden ser personales o familiares, individuales o de grupo.

Las coberturas que integran los Seguros contra Accidentes Personales son:

  • Muerte Accidental
  • Pérdidas Orgánicas por Accidente
  • Indemnización Diaria por Accidente
  • Reembolso de Gastos Médicos ocurridos por accidente

Exclusiones Generales:

  • Enfermedades u operaciones quirúrgicas que no sean motivadas por un accidente
  • Infecciones, exceptuando las causadas por accidente
  • Envenenamiento de cualquier clase
  • Inhalación de gas o humo
  • Homicidio, Suicidio o conato de el
  • Mutilaciones voluntarias
  • Enajenaciones mentales
  • Lesiones autos infligidos
  • Infecciones, exceptuando las causadas por accidente
  • Lesiones producidas por prestar servicio militar, por actos de guerra, revoluciones, alborotos populares e insurrecciones.
  • Actos delictuosos cometidos por el propio asegurado
  • Abortos, cualquiera que sea la causa
  • Hernias y eventraciones
  • Radiaciones ionizantes
  • Deportes considerados peligrosos como, buceo, paracaidismo, tauromaquia, equitaciones, carreras de velocidad o resistencia, motociclismo o cualquier actividad similar.
  • Aviación particular
  • Pruebas o contiendas de velocidad
  • Accidentes que se originen debido a que el asegurado este bajo la influencia de algún enervante, estimulante o similar.
  • Gastos en que incurra el acompañante del Asegurado.

Observaciones:

Se entenderá por pérdida de manos o de los pies, la mutilación o anquilosis total de estos órganos, en cuanto a los ojos, la pérdida completa e irreparable de la vista, en cuanto a los dedos, la separación desde la articulación metacarpo (de la mano) o metatarso (del pie) falangeal según sea el caso o arriba de la misma.

Edades de Contratación:

Edad mí­nima para la cobertura de muerte accidental 12 años y para la incapacidad total y parcial 16 años. Edad máxima de contratación: 65 años.

Si quiere cotizar un Seguro de este tipo contáctenos aquí.